- Monte nº 137 Cajigao y Hermandad de Langosto
- Monte nº 152 Robledal y Raigada en Vilviestre
- Monte nº 165 Hermandad en El Royo
- Monte nº 199 Hermandad y otros en Hinojosa
- Monte nº 173 Razón
- Monte nº 176 Roñañuela
Todos ellos aparecen en la “Guía Específica” de la unidad de gestión “Pinares llanos y Tierras altas” en la que está incluido nuestro municipio. De hecho, aparecían en ella antes incluso de haber sido aprobado por el Ayuntamiento, de la misma forma que las placas informativas se pusieron en los montes antes de celebrar el pleno en el que se aprobó nuestra participación en el proyecto.
Nos preguntamos quién tomó la decisión de incluirnos y por qué se hizo después el “paripé” de estudiar el tema en la Comisión de Montes y aprobarlo en el Pleno Extraordinario. Al menos se consiguió que vinieran a darnos la charla informativa que exigimos antes de aprobarlo el pleno.
PERMISOS DE RECOLECCIÓN DE SETAS
TARIFAS | |||
PERIODO DE VALIDEZ | TIPO DE PERMISO | RECREATIVO (hasta 5 kg./día) | COMERCIAL |
DIARIO | FORÁNEO | 10 € | NO |
FIN DE SEMANA | FORÁNEO | 15 € | NO |
TEMPORADA | LOCAL | 3 € | 10 € |
VINCULADO | 20 € | 300 € | |
PROVINCIAL | 40 € | 300 € | |
FORÁNEO | NO | 300 € |
LOCAL: Significa empadronado.
VINCULADO: Es aquella persona que ha nacido en el municipio, o que tiene una propiedad en el municipio, o alquila una vivienda al menos por un año, o tenga parentesco de primer grado (padres, hijos, cónyuges) con persona empadronada o con persona que cumple las condiciones anteriores de propiedad o alquiler.
¡¡RECUERDA: SI NO CONOCES UNA ESPECIE DE SETA, DÉJALA DONDE ESTÁ!!