jueves, 19 de diciembre de 2013

Enmienda al dictamen de la Comisión de Urbanismo sobre el Reglamento de la escombrera

El pasado día 10 de diciembre presentamos una enmienda al dictamen de la Comisión de Urbanismo referente a la ordenanza municipal sobre la gestión de la escombrera con el siguiente texto:


PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS.
Los servicios públicos prestados por los Ayuntamientos tienen como finalidad satisfacer necesidades derivadas de las actividades de carácter tanto personal, social o profesional a cambio del pago de unas tasas cuya finalidad es cubrir los gastos ocasionados por la prestación de dichos servicios. En ningún caso se busca hacer negocio con la prestación de servicios públicos, de ahí que las tasas municipales deban ser acordes y proporcionales a los gastos ocasionados.

DIFERENCIACIÓN DE RESIDUOS A VERTER EN LA ESCOMBRERA.
La ordenanza propuesta establece diferentes tipos de “mercancías, materiales de construcción, escombros, maderas y otros materiales análogos, así como podas, hierbas, césped procedente de jardines”, a la vez que establece que se debe “depositar previamente los residuos en el lugar, forma y horario que se determine”.

El hecho de depositar los residuos separados en el lugar y forma que se determine tiene por finalidad dar un tratamiento diferente a cada uno de los tipos de residuos.

DIFERENCIACIÓN EN EL TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS.
Cada residuo depositado en el lugar y de la forma que establezca el Ayuntamiento será procesado de forma diferente:
  • Restos de jardines: Sufren un proceso natural de descomposición y serán quemados periódicamente para posteriormente seguir depositando restos de jardín en el mismo lugar de la quema.

  • Maderas: No sufren un proceso natural de descomposición tan rápido como los restos de jardines, pero igualmente serán quemados cuando haya suficiente cantidad de muebles, enseres y maderas en general. Posteriormente residuos del mismo tipo, muebles enseres y maderas en general seguirán depositándose en el mismo lugar de la quema.

  • Materiales de construcción, escombros: No se puede esperar que sufran un proceso de descomposición ni se pueden quemar por lo que se acumularán hasta ocupar todo el espacio reservado para ellos, momento en el que será necesario contratar los servicios de Diputación o particulares para hacer la necesaria limpieza y nivelado de la zona ocupada, tal como viene ocurriendo hasta ahora.

DIFERENCIACIÓN DEL GASTO GENERADO POR EL TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS.
Del tratamiento que se da a los diferentes residuos tan solo los materiales de construcción y escombros generan un gasto al Ayuntamiento, ya que hacen necesario contratar servicios o maquinaria que el municipio no tiene.

Por el contrario, el tratamiento de los demás residuos, tanto de los restos de jardines, como los muebles, enseres y maderas en general no necesitan de la contratación de servicios o recursos externos al Ayuntamiento por lo que no acarrean gastos para el mismo.

DIFERENCIACIÓN EN LA FORMA DE GESTIONAR EL COBRO DE LAS TASAS.
A la hora de hacer efectivo el cobro de las tasas por depositar los residuos, se observa claramente una diferencia en su mayor o menor dificultad en función del residuo de que se trate:
  • Materiales de construcción y escombros: Se puede gestionar el cobro de la tasa en el momento de tramitar la licencia de obra, haciéndose una valoración del escombro a depositar de la misma forma que se hace una valoración de la obra a ejecutar.
  • Maderas: Es difícil gestionar el cobro de la tasa ya que en la mayoría de los casos depende de la voluntad de los usuarios declarar en el Ayuntamiento los residuos que han depositado.
  • Restos de jardines: Al igual que para las maderas, es difícil gestionar el cobro de la tasa ya que en la mayoría de los casos depende de la voluntad de los usuarios el declarar en el Ayuntamiento los residuos que han depositado. Esta dificultad aumenta por tratarse de residuos de temporada y existir en el municipio gran cantidad de jardines.
El cobro de tasas por residuos depositados por personas que no son del municipio será siempre difícil de gestionar con independencia de la naturaleza de los residuos depositados.


Así pues, se llega a la conclusión de que los únicos residuos que ocasionan gasto para el Ayuntamiento presentan más facilidad para gestionar el cobro de su tasa, es decir, los materiales de construcción y escombros. Además, los residuos que no ocasionan gastos para el Ayuntamiento, como son maderas y restos de jardines, presentan una gran dificultad para gestionar el cobro de su tasa.

No debemos olvidar que tanto la finalidad, indicada al principio de este documento, de la prestación de los servicios públicos, como la percepción de justas o injustas que los vecinos tengan de las ordenanzas municipales influyen muy directamente en el grado de aceptación, cumplimiento y nivel de uso de los servicios prestados.


Por todo lo anteriormente expuesto, proponemos la modificación de la presente ordenanza a fin de dejar exentos del pago de tasas los vertidos que no ocasionan gastos para el municipio, como son maderas y restos de jardines.

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