viernes, 4 de abril de 2014

Pleno Extraordinario del 2-4-2014

El día 2 de abril de 2014 a las 9 horas se celebró un pleno extraordinario con un único punto en el orden del día:

1- Aprobación de la modificación de los estatutos de la Mancomunidad de municipios “Sierra Cebollera”. Disposición transitoria undécima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración local.

Concretamente lo que dice la disposición transitoria undécima de la citada Ley es:
“En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, las mancomunidades de municipios deberán de adaptar sus estatutos a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, para no incurrir en causa de disolución.
Las competencias de las mancomunidades de municipios estarán orientadas exclusivamente a la realización de obras y la prestación de los servicios públicos quesean necesarios para que los municipios puedan ejercer las competencias o prestar los servicios enumerados en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local”.

Las competencias que hasta ahora tenía la mancomunidad Sierra Cebollera eran:
a) Tratamiento de aguas residuales.
b) Red de suministro y tratamiento de agua.
c) Alumbrado público.
d) Pavimentación y conservación de vías y caminos.
e) Servicio de limpieza viaria.
f) Protección civil, prevención y extinción de incendios.
g) Salud pública y sanidad.
h) Promoción de industrias de transformación de recursos de la zona.
i) Promoción de aprovechamientos agrícolas.
j) Medio ambiente, gestión de montes y espacios naturales.
k) Turismo y tiempo libre.
l) Promoción y creación de empleo.
m) Promoción del desarrollo rural.
n) Promoción de la cultura y la educación.
o) Promoción de las telecomunicaciones.

Aunque la mayoría de ellas no se han ejercido desde su fundación. Las competencias adaptadas a la nueva ley son:
a) Tratamiento de aguas residuales.
b) Limpieza viaria.
c) Asesoramiento urbanístico.
Que resultan ser las realmente ejercidas con mayor frecuencia.
Este último servicio solo lo será para aquellos ayuntamientos que lo soliciten mediante escrito dirigido al Presidente de la mancomunidad.

La sede de la mancomunidad Sierra Cebollera queda establecida en la casa consistorial de Valdeavellano de Tera, aunque el Consejo Directivo, por mayoría absoluta de sus miembros podrá ubicar la sede en el municipio que se designe.

Por último os recordamos que la mancomunidad Sierra Cebollera está formada por los siguientes municipios: Almarza, Arévalo de la sierra, La Póveda de Soria, Rebollar, Rollamienta, El Royo, Santa Cruz de Yanguas, Sotillo del Rincón, Valdeavellano de Tera, Villar del Ala y Villar del Río, desde que en años pasados se saliera por expreso deseo Montenegro de Cameros.
La modificación de los estatutos fue aprobada por unanimidad.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Ay que dolor