sábado, 16 de abril de 2011

Elecciones municipales del 22 de mayo

Nos acercamos de nuevo a un proceso electoral en nuestro municipio.
Hagamos un resumen de los resultados de años anteriores.


ELECCIONES MUNICIPALES 2003
  • Personas en el censo local: 304
  • Personas en el censo de residentes en el extranjero: 45


VOTOS
P.P. 115
P.S.O.E. 114
Votos desde el extranjero para el PP: 1

ELECCIONES MUNICIPALES 2007
  • Personas en el censo local: 320
  • Personas en el censo de residentes en el extranjero: 69


VOTOS
P.P. 139
P.S.O.E. 123
Votos desde el extranjero para el PP: 15
Votos desde el extranjero para el PSOE: 1

ELECCIONES MUNICIPALES 2011
  • Personas en el censo local: 295
  • Personas en el censo de residentes en el extranjero: 114
Como se puede ver, el censo local disminuye. En cambio, el censo de residentes en el extranjero ha aumentado mucho.
Afortunadamente, la Ley Orgánica 2/2011 que modifica la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, establece que para las elecciones municipales hay que estar inscrito en el censo local.

¡¡LO QUE SE HACE EN NUESTROS PUEBLOS TIENE QUE DECIDIRSE AQUÍ!!
 ¡¡LO DECIDES TÚ!!

Si no puedes venir a votar a El Royo el día 22, tienes de plazo hasta el día 12 de Mayo para solicitar el voto por correo y hasta el 18 de mayo para enviarlo.

Tu voto aquí puede ser decisivo. 

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Una preguntita: ambos censos van por separado??? me suena que antes no, que estaba todo el mundo en la misma lista.
En este último caso, como se controlorá en la mesa electoral quien sí puede votar y quien no???

Recuperando El Royo dijo...

Suponemos que habrá dos listas: una para las locales y otra para las autonómicas.
Los votos desde el extranjero se remiten por correo y se introducen en la urna al final de las votaciones, una vez comprobada la documentación que se acompaña, que tiene que llevar el Certificado de Inscripción en el Censo del elector y el sobre de voto por correo. Se comprueba que el elector está inscrito en el Censo de la Mesa y se introduce en la urna correspondiente el sobre de votación.

LMM dijo...

En teoría:
- Una lista única.
- Con una columna, que diga que emigrantes
han solicitado poder votar en plazo y han
sido autorizados para poder hacerlo.
- Sino puede ser impugnado.